Elaboración de Planes de Salud y Seguridad Ocupacional

   

Puedes descargar aquí los acuerdos gubernativos y ministeriales relacionados a Salud y Seguridad Ocupacional vigentes en Guatemala

Base Legal

Art. 302 A.G. 229-2014

Todo patrono que cuente con 10 trabajadores o más debe contar con un comité de Salud y Seguridad Ocupacional, según preceptuado en el artículo 10 de este reglamento, además, disponer de un plan de salud y seguridad ocupacional, firmado por un médico y un profesional diverso registrados en el departamento de salud y seguridad ocupacional del Ministerio de Trabajo y Previsión Social.

¿Qué debe incluir un Plan de Salud y Seguridad Ocupacional?

  • Perfil de puestos de trabajo
  • Perfil de riesgos de los puestos de trabajo
  • Sistema de vigilancia epidemiológica
  • Programación y metodología para la información, formación y promoción de las medidas preventivas de accidentes y enfermedades profesionales
  • Un monitor de salud y seguridad ocupacional por cada jornada de trabajo efectivo
  • Libro de actas
  • Botiquín de primeros auxilios en cada lugar de trabajo