Medio
Ambiente
Normativa Nacional que Implementamos
Estudios de Impacto Ambiental
Licencias Ambientales
Matriz Legal
Gestión de Medio Ambiente
Servicios
- Elaboración de Informes de Monitoreo Ambiental
- Aguas Residuales: Memoria de Cálculo del Sistema de Tratamiento de Aguas Residuales, firmado, timbrado y sellado por Ingeniero Sanitarista.
- Manual de Operación y Mantenimiento -MOM- del Sistema de Tratamiento de Aguas Residuales, firmado, timbrado y sellado por Ingeniero Sanitarista.
- Planos del Sistema de Tratamiento de Aguas Residuales de tipo ordinario, firmado, timbrado y sellado por Ingeniero Sanitarista.
- Oficina Zero Waste
- Implementación y auditorías del sistema de gestión medioambiental ISO 14001:2015
- Elaboración de Estudios de Impacto Ambiental Correctivos y Predictivos, Renovación de Licencias Ambientales, Actualizaciones de los Instrumentos Ambientales (APGA), Elaboración de Estudios Técnicos de Aguas Residuales.
Licencias Ambientales
Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente (Decreto 68-86 Del Congreso de la República).
Establece que para cada proyecto, obra, industria o cualquier otra actividad que por sus características puede producir deterioro a los recursos renovable o no renovable, o introducir modificaciones nocivas o notorias al paisaje y a los recursos culturales del patrimonio nacional, será necesario previamente a su desarrollo un Estudio de Impacto Ambiental, realizado por técnicos en la materia y aprobado por el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales.
Las categorías de las licencias son las siguientes:
CATEGORÍAS A Y B
Corresponde a aquellos proyectos, obras, industrias o actividades consideradas como las de más alto impacto ambiental potencial o riesgo ambiental. Los megaproyectos de desarrollo se consideran como parte de esta categoría.
Comprende los proyectos que se consideran como de moderado a alto impacto ambiental potencial o riesgo ambiental.
Los proyectos que se consideran como de moderado a bajo impacto ambiental potencial o riesgo ambiental.
Los proyectos de las categorías C y CR no están obligados a contar con licencia. La categoría C consiste en industrias que se desarrollan de forma permanente o una sola ocasión, que representan bajo impacto y riesgo ambiental.
Por otra parte, la Categoría Registro o CR, corresponde para actividades de construcción o comercialización de bajo impacto ambiental potencial, no es obligatoria la licencia.
En esta se clasifican proyectos como iglesias, tiendas de barrios, tortillerías y empresas pequeñas que se desarrollen dentro de su función.